
¿CÓMO DAR DE BAJA TU VEHÍCULO?
Según la ley INT/249/2004 del 5 de Febrero, los encargados de dar de BAJA DEFINITIVA los vehículos son los Desguaces (Centros Autorizados de Tratamiento) y no la D.G.T.
Para poder dar de baja su vehículo necesitaremos la siguiente documentación:
Ficha técnica
Permiso de circulación
DNI del titular
Si la persona que acuda a firmar la baja no es el titular del vehículo, necesitaremos una autorización del titular del vehículo junto con una fotocopia del DNI tanto del titular como del autorizado
En caso de que el titular sea una persona jurídica, además de la documentación anterior, deberá aportar la siguiente documentación:
Fotocopia del CIF de la empresa
DNI del administrador o apoderado
Documento de representación de personas jurídicas
DESCARGA DE DOCUMENTACIÓN
Descargue la documentación necesaria para la tramitación de la baja de su vehículo.
Declaración jurada de extravío de la documentación.
Documento de representación de personas jurídicas.